Acerca de:
Las guias de libre transito de carga controlada por las fuerzas armadas.
Hoy quiero explicarles sobre las guías de libre transito y custodias militares.
¿Cuándo se deben sacar?
Los comerciante- importadores de sustancias quimicas estan obligados a sacar la guía de libre transito para movilizar la carga desde el puerto /aeropuerto hasta sus bodegas. Tambien deben solicitar las custodias militares, las mismas que se asignan dependiendo de la cantidad de carga que se vaya a movilizar.
En el anexo A, del acuerdo ministerial 145 indica que para sustancias quimicas son 2 custodios militares, sin cantidad mínima. El valor es del 12% de un SBU x cada día de transporte y adicional se deberán cubrir valores de viáticos (alimentación, transporte, hospedaje) del personal militar.
Adicional, las custodias militares se deben solicitar con minimo 48 horas de anticipación. Tener en cuenta estos tiempos para evitar demoras en sus procesos de importacion.
Tambien tanto comerciantes-importadores y comerciantes no importadores estan obligados a sacar las guías de libre tránsito cuando hacen transacciones de compraventa. En este caso no es necesario custodias militares, pero si deberá sacar la guía la empresa/persona que vaya a movilizar la mercaderia.
Aquí tambien se debe tomar en cuenta que la guía de libre transito tiene un valor de 12,50 USD y demora 2 dias en entregarse.
En cuanto a los consumidores, no necesitan sacar ningún tipo de guía o custodia para movilizar los productos. Ya que se entiende que sus compras no son altas.
No olviden que el habilitante para movilizar la mercaderia en cualquier escenario es el CARNET de las fuerzas armadas y la factura comercial.
Escrito por: Stephy Carrillo

GRUPO ASECOMEX
Somos una empresa ecuatoriana, especializada en realizar todo tipo de permisos, tramites y certificaciones en las diferentes entidades gubernamentales para todo tipo de producto nacional, importado o de exportación.